La libre circulación de ciudadanos y trabajos en Europa es un derecho consagrado en la Carta Magna de la UE desde hace 10 años. Las fronteras se abrieron y empezó una nueva ola de movilidad profesional. Pero este fenómeno migratorio, agudizado en los últimos tres años por la crisis, ha destapado una “letra pequeña” de la emigración en el viejo continente: los permisos de estancia y los límites que impone la UE a los trabajadores expatriados.
Entre 2012 y 2013, casi 700 españoles (323 y 336, respetivamente) fueron expulsados de Bélgica por encontrarse en situaciones irregulares a nivel laboral, según la Oficina de Extranjería del país. Los fraudes más habituales son el cobro abusivo de la ayuda social al desempleo y declararse como falso trabajador independiente cuando en realidad se trabaja por cuenta ajena. Este número de órdenes de expulsiones coloca a España como el tercer país con más incidencia sólo después de Rumanía y Bulgaria y, sobre todo, supone un varapalo a la imagen de la emigración española y a su situación en los estados de acogida.
Este proceso de regularización se aplica en Bélgica desde mediados de 2011, cuando el Gobierno decidió cruzar estadísticas de organismos nacionales como la seguridad social y el empleo. En virtud de este nuevo sistema de control, el país aplica una normativa europea que se deja a la interpretación de cada miembro y que permite privar del derecho de residencia a ciudadanos comunitarios que constituyan una carga “poco razonable” para los sistemas nacionales. Por este concepto se entiende “cuando una persona lleva en el paro más de un año entero, no hace gestiones para encontrar un trabajo y se instala en un sistema de ayudas sociales”, según ha explicado la portavoz de la Oficina de Extranjería de Bélgica, Dominique Ernould.
Y es que el derecho a la movilidad en Europa no es pleno, sino que está condicionado y, además, conlleva una serie de obligaciones. Un ciudadano europeo puede trasladarse a otro país de la UE y permanecer en él hasta tres meses sin ningún tipo de obligación, pero a partir de ese plazo, puede quedarse y percibir ayudas sociales si demuestra que busca trabajo de manera activa. Así puede alargar su estancia hasta seis meses, pero trascurrido este primer semestre, el ciudadano “no tiene derecho a permanecer en el Estado miembro de acogida, salvo que tenga medios financieros para sostenerse y un seguro de enfermedad completo”, según recuerdan desde Bruselas.
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